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(((video))) Diputados realizará audiencias públicas para debatir la modificación a la Ley de Glaciares

La resolución se dio en el marco del plenario de las comisiones de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano y la de Asuntos Constitucionales, que presiden los diputados nacionales de La Libertad Avanza José Peluc y Nicolás Mayoraz (LLA), respectivamente.

La resolución se dio en el marco del plenario de las comisiones de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano y la de Asuntos Constitucionales, que presiden los diputados nacionales de La Libertad Avanza José Peluc y Nicolás Mayoraz (LLA), respectivamente.

Durante la reunión conjunta, que contó con la presencia del secretario Parlamentario de la Cámara baja, Adrián Pagán, los legisladores acordaron un plan de trabajo para el tratamiento y debate del proyecto de ley. En ese sentido, se avaló la convocatoria a audiencias públicas para garantizar la participación ciudadana.

Cabe recordar, que el proyecto de ley por el cual se modifica la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y del Ambiente Periglacial, impulsado por el Poder Ejecutivo, obtuvo media sanción en el Senado de la Nación, el pasado jueves 26 de febrero. La norma apunta a redefinir el alcance de las zonas protegidas para habilitar actividades productivas en determinadas áreas periglaciares previamente restringidas.

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Al inicio del plenario, el titular de la comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano, José Peluc (LLA), amparándose en el artículo 114 bis del reglamento de la Cámara de Diputados, propuso la convocatoria a audiencias públicas para tratar el proyecto, respetando también en el artículo 7 del Acuerdo de Escazú.  

Al explicar el plan de trabajo, el diputado Nicolás Mayoraz (LLA), como presidente de Asuntos Constitucionales, detalló que la propuesta es convocar “a una audiencia pública a realizarse los días 25 y 26 de marzo del corriente año, de 10 a 19 horas, a fin de dar un plazo suficiente para la difusión correspondiente a la ciudadanía, pudiendo participar y exponer de manera presencial (en la sala A del Anexo “C” de la Cámara baja) el primer día, y de forma remota el segundo, para cumplir con el requisito federal”. “El federalismo se garantiza escuchando todas las voces de cualquier punto del país”, remarcó.

En representación de la Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro, exigió “las audiencias públicas las cuales deben realizarse en una cierta cantidad de días en Buenos Aires con un claro criterio federal de participación de las provincias, sobre todo donde están comprometidas las cuencas hídricas”.

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Desde el bloque Unión por la Patria, Sabrina Selva, afirmó que “estamos todos de acuerdo en la realización de las audiencias públicas”, pero planteó diferencias “en cómo deberían llevarse adelante” las mismas. “La audiencia pública deberá ser pública, transparente y federal en virtud de la interjurisdiccionalidad de las cuencas hídricas que están en juego con esta ley”, expresó. En ese sentido, propuso que “se habilite la participación en serio de los ciudadanos de todas las provincias, para garantizar a todos puedan tener voz en el debate”.

A su turno, Silvana Giudici (LLA) ratificó que “el proceso que se propone es amplio y está debidamente informado tal cual pide el artículo 7 del Acuerdo de Escazú”. El texto del artículo mencionado apunta a garantizar el derecho a la participación pública en la toma de decisiones ambientales, obligando a los Estados a implementar mecanismos abiertos e inclusivos desde etapas tempranas, especialmente para proyectos con impacto significativo y busca asegurar que las opiniones ciudadanas se consideren en los resultados finales.

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En contrapartida, Romina Del Plá (Fte. de Izquierda y de Trabajadores Unidad) manifestó que “lo mejor que puede hacer la Cámara de Diputados es no avanzar en este tratamiento, porque lo que hizo el Senado es verdaderamente una catástrofe”.

Por último, Juan Grabois (UxP) instó a que “todas las comunidades indígenas registradas en el INAI que estén en zona de glaciares y periglaciares tienen que tener garantizada su participación”.

 

Organizaciones ambientales exigen audiencia pública por la reforma de la Ley de Glaciares

Tras la media sanción del proyecto que modifica la Ley N° 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial en la Cámara de Senadores el pasado jueves 26 de febrero, diversas organizaciones ambientales solicitaron a los diputados y diputadas de la Honorable Cámara de Diputados la apertura de un proceso participativo, abierto, inclusivo y federal que contemple la convocatoria a una audiencia pública.

La solicitud fue impulsada porla Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), el Círculo de Políticas Ambientales, Greenpeace Argentina, la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, la Fundación Biodiversidad y Aves Argentina. 

Las organizaciones remarcaron que la discusión sobre la protección de los glaciares no es un debate técnico restringido a especialistas, sino una decisión que impacta directamente en el acceso al agua, la producción y la vida de millones de personas en todo el país, por lo que debe garantizarse el derecho de la ciudadanía a informarse, opinar y ser escuchada.

Las organizaciones expresaron preocupación ante la posibilidad de que el proyecto avance con un trámite acelerado, como ocurrió en el Senado, y que la audiencia pública se reduzca a una instancia meramente formal. Señalan que una participación con plazos acotados o limitada en su alcance desvirtúa su objetivo: garantizar que la ciudadanía pueda informarse y expresarse de manera efectiva en decisiones ambientales de alto impacto.

La Ley de Glaciares es una norma de ordenamiento ambiental del territorio. Esto significa que establece límites y reglas para proteger a estos ecosistemas estratégicos que funcionan como reservas de agua dulce y reguladores del clima. Por su naturaleza, cualquier modificación debe respetar los mecanismos de participación ciudadana previstos en la legislación argentina y en los compromisos internacionales asumidos por el país.

  • La Ley de Glaciares constituye un instrumento de ordenamiento ambiental del territorio destinado a proteger ecosistemas estratégicos para la provisión de agua y la regulación climática. En este sentido, el artículo 10 inciso e) de la Ley General del Ambiente (Ley 25.675) reconoce al ordenamiento ambiental del territorio como un instrumento clave de política y gestión ambiental.
  • El artículo 21 de la Ley General del Ambiente establece que la participación ciudadana debe asegurarse en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, especialmente en las etapas de planificación y evaluación.
  • El artículo 7 del Acuerdo de Escazú —ratificado por Argentina mediante la Ley 27.566 y con jerarquía superior a las leyes— obliga a garantizar la participación pública en procesos de toma de decisiones, revisiones o actualizaciones en asuntos ambientales que puedan tener un impacto significativo. En particular, el inciso 5 de dicho artículo exige que los procedimientos contemplen plazos razonables que permitan una participación efectiva e informada.

Las organizaciones subrayan, además, que el propio proyecto de reforma cita expresamente al Acuerdo de Escazú y reconoce la necesidad de cumplir con una instancia participativa durante su tratamiento en el Congreso.

En este contexto, advierten que avanzar en el trámite legislativo sin garantizar un proceso de información y participación pública podría configurar un supuesto de ilegalidad y derivar en la nulidad del procedimiento, por incumplimiento de la normativa vigente y de los estándares de democracia ambiental.

Por ello, solicitan formalmente que, antes de continuar con el tratamiento legislativo, se convoque a un proceso participativo amplio, con alcance federal y con mecanismos que garanticen la participación efectiva de la ciudadanía y organizaciones de todas las provincias del país, a fin de asegurar el debate democrático en torno a una norma considerada pionera en el derecho ambiental.

La protección de los glaciares y del ambiente periglacial involucra un bien común estratégico como el agua dulce, y su eventual modificación no puede resolverse sin escuchar a quienes dependen de ella hoy y en las próximas generaciones.

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